Estrellas Fugaces

Pensamientos y Reflexiones sobre lo Cotidiano

Luis Ordóñez Gonçalves

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La Justicia, un Cachondeo - Martes, 19 de septiembre de 2006.

 

 

A los que leemos a diario los periódicos, o vemos los servicios informativos de televisión, este tipo de noticias ya no sorprende aunque, normalmente, se nos quede una cara de tonto que sería digna de enmarcar.

La primera noticia viene de Catalunya. Una mujer y un hombre acusados de violar, (según la terminología actual “abusar sexualmente”), los dos y durante 10 años a la hija de la mujer. Desde los 8 hasta los 18 años, momento en que la niña se fue de casa para buscar a su padre biológico; el cual, al enterarse de los hechos, presentó la denuncia. Como la niña se resistía le daban alcohol y drogas. Para verlo luego, lo grababan en video. Además, tenían excusa: La niña estaba poseída por el diablo y esta era la única forma de exorcizarla.

Pues bien, para 10 años de abusos sexuales continuos, de humillaciones y vejaciones de todo tipo, el fiscal pide 10 añitos para cada uno de los encausados. Uno por cada año de sufrimiento.

Vamos, cachondeo del bueno.

 

La segunda noticia viene de Galicia. Joven de 18 años sin carné de conducir, a toda pastilla por la autovía. En una maniobra sin sentido invade el carril contrario, choca contra otro vehículo que circulaba correctamente y, al final, mueren cinco personas, entre ellas, la madre del joven de 18 años, que resulta ileso.

Pues bien, en este caso su Señoría, es decir, el juez, una vez vistos los informes y los testimonios pertinentes, estima que el suceso es constitutivo de “Falta leve”.

Con un par.  Más que cachondeo, esperpento del bueno.

Aunque aquí yo haría un inciso. Para mí es tan irresponsable el joven, por conducir sin tener los conocimientos prácticos y teóricos necesarios, como lo son sus padres por permitirle conducir a sabiendas de que no tiene esos conocimientos indispensables.

Pero volviendo al tema de la Justicia, ésta, para que pueda llamarse así debe cumplir cuatro reglas.

Primera. Debe ser igual para todos. Sin excepciones. Desde el más humilde de los sin techos, hasta el jefe del Estado. Incluso si este es rey.

En la Justicia española nos encontramos que la percepción que tienen los ciudadanos es que la ley se aplica según el estatus social del encausado. Por ejemplo, a más dinero, menos posibilidades de terminar en la cárcel.

Segunda. Rápida. La Justicia debe actuar con celeridad. Tanto para esclarecer los hechos, como para castigar a los culpables.

Nuevamente, en España, esto no se cumple. Los juicios se demoran años y años. Y, los llamados Juicios Rápidos no funcionan en la práctica como debieran, debido a la falta de medios técnicos y humanos.

Tercera. Proporcional. Las penas aplicadas deben guardar proporción con el crimen cometido. Así por ejemplo, aunque robar, es robar, no es lo mismo afanar un pan para comer, que entrar en una casa y llevarse la caja fuerte mientras los dueños duermen.

Cuarta. Debe tener capacidad disuasoria, es decir, ante la posibilidad de cometer un delito, el futuro delincuente debería pensárselo mucho, mucho, pero mucho. Ya que si lo cogen, sabe que le espera una buena condena.

Aquí podemos ver que tanto en el caso de Catalunya, por su gravedad y continuidad en el tiempo, como en el de Galicia, por la extrema gravedad de lo sucedido, las penas solicitadas son mínimas, o ridículas.

Aunque la ridiculez de algunas de las penas aplicadas en el código penal español, posiblemente sea debido a que se considera, por muchos sectores, que las condenas de cárcel deben servir para reinsertar al condenado, más que para castigar el delito.

¡Esto es un error! Las penas de cárcel no son para reinsertar al preso, las penas de prisión son para hacer pagar al condenado por el daño que ha hecho a la sociedad. Luego que en la cárcel se adopten medidas reinsertivas como terapias psicoterapéuticas. o de formación, es tema aparte.

Por principio, todo culpable debería cumplir integra su condena, sea esta del tiempo que fuese. Para crímenes especialmente graves debería existir cadena perpetua, incluso sin posibilidad de remisión. Tampoco debería haber reducciones de condena por “buena conducta”, ni permisos penitenciarios. Tampoco es de recibo el que se considere "eximente", o "atenuante", el cometer un crimen borracho como una cuba o drogado hasta las cejas; en todo caso, deberían ser considerados como "agravante".

Y, por principio, un juez no debería estar para interpretar la ley, sino para aplicarla una vez vistos los hechos. Si es culpable, aplicar la pena correspondiente. Sin más.

Si se hiciera esto, no pasarían casos como que a un violador, que obligó a una chica de 16 años a que le hiciera una felación mientras le apuntaba con una pistola directamente a la cabeza, le rebajen la pena de ocho a cuatro años de prisión, al apreciar el juez “buena conducta” por parte del acusado, al darle a la chica un vaso de agua cuando terminó con lo que le pedían.

O que un juez desestime los informes policiales, y médicos de una mujer que había sido maltratada por su pareja, al estimar su señoría que ésta no se comporta como “mujer maltratada” ya que asiste al juicio, ojito al dato, “bien vestida y maquillada”.

¡Por favor, menos cachondeo y más rigor en la creación y aplicación de las leyes!

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(c) Luis Ordóñez Gonçalves

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